89 COMITÉ DE REGATAS; INSTRUCCIONES DE REGATA; PUNTUACIÓN

89.1 Comité de Regatas

El comité de regatas conducirá la regata según las directivas de la autoridad organizadora y como establecen estas reglas.

89.2 Instrucciones de Regata

(a) El comité de regatas publicará por escrito unas instrucciones de regata que se ajusten a la regla J2.

(b) Las instrucciones de regata de un evento internacional incluirán, en inglés, las prescripciones de la autoridad nacional que resulten aplicables.

(c) Las modificaciones a las instrucciones de regata se harán por escrito y se publicarán dentro del tiempo establecido en el tablón oficial de anuncios o, si se hacen en el agua, serán comunicados a cada barco antes de su señal de atención. Los cambios orales sólo pueden darse en el agua, y únicamente si el procedimiento está establecido en las instrucciones de regata.

89.3 Puntuación

(a) El comité de regatas puntuará una prueba o serie según se establece en el Apéndice A usando el sistema de Puntuación Baja, a no ser que las instrucciones de regata especifiquen que se usará el sistema de Puntuación Bonificada o cualquier otro sistema. Se puntuará una prueba siempre que esta no haya sido anulada y que un barco haya navegado el recorrido de acuerdo con la regla 28.1 y terminado dentro del tiempo límite, de haberlo, incluso si más tarde este se retira después de terminar o es descalificado.

(b) Cuando un sistema de puntuación prevé la exclusión de una o más puntuaciones en la puntuación de la serie de un barco, no se excluirá la puntuación de descalificado por infringir la regla 2; la penúltima frase de la regla 30.3; la regla 42 si la regla 67, P2.2 o P2.3 se aplican; o la regla 69.1 (b) (2) En su lugar se excluirá la siguiente peor puntuación.