89 COMITÉ DE REGATAS; INSTRUCCIONES DE REGATA; PUNTUACIÓN
89.1 Comité de Regatas
El comité de regatas conducirá la regata según las directivas de la autoridad organizadora y como establecen estas reglas.
89.2 Instrucciones de Regata
(a) El comité de regatas publicará por escrito
unas instrucciones de regata que se ajusten a la regla
J2.
(b) Las instrucciones de regata de un evento internacional incluirán,
en inglés, las prescripciones de la autoridad nacional que resulten aplicables.
(c) Las modificaciones a las instrucciones de regata se harán por escrito
y se publicarán dentro del tiempo establecido en el tablón oficial
de anuncios o, si se hacen en el agua, serán comunicados a cada barco
antes de su señal de atención. Los cambios orales sólo
pueden darse en el agua, y únicamente si el procedimiento está
establecido en las instrucciones de regata.
89.3 Puntuación
(a) El comité de regatas puntuará una prueba
o serie según se establece en el Apéndice
A usando el sistema de Puntuación Baja, a no ser que las instrucciones
de regata especifiquen que se usará el sistema de Puntuación Bonificada
o cualquier otro sistema. Se puntuará una prueba siempre que esta no
haya sido anulada y que un barco haya navegado
el recorrido de acuerdo con la regla 28.1 y terminado
dentro del tiempo límite, de haberlo, incluso si más tarde este
se retira después de terminar o es descalificado.
(b) Cuando un sistema de puntuación prevé la exclusión
de una o más puntuaciones en la puntuación de la serie de un barco,
no se excluirá la puntuación de descalificado por infringir la
regla 2; la penúltima frase de la regla
30.3; la regla 42 si la regla
67, P2.2 o P2.3 se aplican; o la regla
69.1 (b) (2) En su lugar se excluirá la siguiente peor puntuación.