18.2 Dar espacio en Baliza

(a) Cuando los barcos están comprometidos el barco exterior dará espacio en baliza al barco interior, a menos que se aplique la regla 18.2(b).

(b) Si los barcos están comprometidos cuando el primero de ellos alcanza la zona, el barco que en ese momento es barco exterior dará, de ahí en adelante, espacio en baliza al barco interior. Si un barco está libre a proa cuando alcanza la zona, el barco que en ese momento está libre a popa le dará, de ahí en adelante, espacio en baliza.

(c) Cuando un barco está obligado por la regla 18.2 (b) a dar espacio en baliza continuará haciéndolo, incluso si posteriormente el compromiso se rompe o se establece un nuevo compromiso. Sin embargo, si el barco con derecho a espacio en baliza pasa de proa al viento o sale de la zona, la regla 18.2(b) deja de aplicarse.

(d) Si existe una duda razonable acerca de si un barco quedó comprometido o rompió un compromiso a tiempo, se supondrá que no lo hizo.

(e) Cuando un barco quedo comprometido por el interior desde libre a popa, el barco exterior no está obligado a darle espacio en baliza si desde el momento en que comenzó el compromiso no ha podido hacerlo.