Regla 1.1 seguridad: ayudar a quienes estén
en peligro
Regla 41 ayuda exterior
Cuando un barco no está en peligro, el consejo que busque y reciba que le ayude a completar el recorrido es ayuda exterior, aunque se haya buscado y recibido por un canal de radio público.
Resumen de los hechos
Tres barcos grandes iban a rodear una baliza próxima a unas rocas de
la costa A llamó por radio al barco B, cuyo patrón estaba familiarizado
con la zona, y le preguntó si era seguro fondear cerca de la baliza.
El barco B contestó que no era seguro fondear. El barco C protestó
a ambos barcos por la regla 41, por discutir qué táctica había
que emplear para rodear la baliza y navegar el siguiente tramo. El comité
de protestas desestimó la protesta contra B y descalificó a A
por recibir ayuda exterior. Consideró que no estaba en peligro, ya que
podía alejarse a vela o a motor con toda seguridad en cualquier momento,
y que la única razón para fondear en la baliza era contrarrestar
la corriente contraria y ganar la prueba. El barco A apeló basándose
en que no creía haber recibido ayuda, que el consejo recibido por una
frecuencia de radio pública no era ayuda exterior y que una autoridad
nacional no debía tolerar una la descalificación por recibir una
información de seguridad.
Resolución
Apelación desestimada. El barco A solicitó y recibió ayuda
exterior. No pidió consejo por razones de seguridad tales como un peligro
o una enfermedad o una lesión de un tripulante sino por razones tácticas.
La ayuda que solicitó y recibió no entraba en el ámbito
de la regla 1.1 ni en las excepciones a la regla 41, por lo que infringió
la regla 41.
El hecho de que la pregunta y la respuesta se retransmitieran en una frecuencia
de radio pública es irrelevante. La respuesta se comunicó a A
en contestación a una pregunta concreta suya.
RYA 2001/4