CASO 71   

Regla 29.1 llamadas: llamada individual
Regla 62.1, reparación
Regla 64.2, resoluciones: resoluciones sobre reparaciones

Una voz no es una “señal acústica”. Respuestas a cuestiones surgidas en peticiones de reparación tras un error de procedimiento del comité de regatas.

Resumen de los hechos
Son hechos probados que los barcos A y B estaban cerca del lado de babor de la línea de salida y muy próximos a la línea en la señal de salida. El comité de regatas, creyendo que ambos estaban en el lado del recorrido de la línea en la señal de salida, mostró la bandera X y gritó ambos números de vela.
Ni A ni B oyeron las voces ni vieron la bandera X sino que continuaron navegando y se anotaron sus puestos de llegada.
Se publicaron los resultados provisionales en los que aparecían A y B como OCS.
A pidió reparación de inmediato basándose en que el comité de regatas no había dado la señal acústica exigida y en que no había visto la bandera ni tenía razón alguna para creer que no había salido correctamente.
El comité de protestas oyó la petición de A. El comité no consideró hechos probados si A o B estaban o no en el lado del recorrido de la línea de salida cuando se dio la señal de salida. Sin embargo, cuando el comité supo que B estaba junto a A, concedió reparación a ambos barcos, y declaró que debían clasificarse en sus puestos de llegada y que, cuando procediera, las clasificaciones de otros barcos habían de ajustarse retrocediendo.
Hecho esto, C, que había terminado detrás de A y B, solicitó reparación a su vez, alegando que la omisión del comité de regatas de la señal acústica exigida había perjudicado notablemente su clasificación al haber dado lugar a que dos barcos que no habían salido correctamente quedaran clasificados por delante de él. La petición de C fue denegada y apeló. Al estudiar la apelación el comité de regatas hizo varias preguntas.

Pregunta 1
¿Constituye una señal acústica gritar los números de vela?

Respuesta 1
No. Gritar uno o más números de vela no es la señal acústica exigida cuando se ha izado la bandera X.

Pregunta 2
¿Actuó bien el comité de protestas al conceder reparación a A?

Respuesta 2
Sí. Cuando un barco razonablemente cree que ha salido correctamente y no se le ha notificado lo contrario en la forma prevista en la regla 29.1 y se le clasifica OCS, tiene derecho a reparación según la regla 62.1(a). La alegación de que A estaba sobre la línea no se demostró un hecho probado. Por tanto, clasificar a A en su lugar de llegada era una forma adecuada de conceder una reparación en este caso.
Sin embargo, si se probase en una audiencia que un barco sabía que estaba sobre la línea, no tendría derecho a reparación y estaría obligado a cumplir la regla 28.1 y, si fuera aplicable, la regla 30.1. Si no lo hiciera, infringiría la regla 2 y habría incumplido el principio básico, deportividad y el reglamento.

Pregunta 3
¿Actuó correctamente el comité de protestas al conceder reparación a B, que no la había pedido?

Respuesta 3
Sí. El comité de protestas consideró que B estaba en las mismas circunstancias que A y actuó como exige la primera frase de la regla 64.2.

Pregunta 4
¿Tenía C derecho a una reparación?

Respuesta 4
No. La alegación de que A y B estaban sobre la línea antes de tiempo no se demostró un hecho probado. Por ello, a pesar de que el comité no diera la señal acústica exigida, la alegación de C de que su clasificación se había visto notablemente perjudicada por ese error no se ve corroborada por los hechos. C no tiene derecho a una reparación, y su apelación se desestima..

USSA 1988/276