Regla 29.1 llamadas: llamada individual
Regla 62.1, reparación
Regla 64.2, resoluciones: resoluciones
sobre reparaciones
Una voz no es una “señal acústica”. Respuestas a cuestiones surgidas en peticiones de reparación tras un error de procedimiento del comité de regatas.
Resumen de los hechos
Son hechos probados que los barcos A y B estaban cerca del lado de babor de
la línea de salida y muy próximos a la línea en la señal
de salida. El comité de regatas, creyendo que ambos estaban en el lado
del recorrido de la línea en la señal de salida, mostró
la bandera X y gritó ambos números de vela.
Ni A ni B oyeron las voces ni vieron la bandera X sino que continuaron navegando
y se anotaron sus puestos de llegada.
Se publicaron los resultados provisionales en los que aparecían A y
B como OCS.
A pidió reparación de inmediato basándose en que el comité
de regatas no había dado la señal acústica exigida y
en que no había visto la bandera ni tenía razón alguna
para creer que no había salido correctamente.
El comité de protestas oyó la petición de A. El comité
no consideró hechos probados si A o B estaban o no en el lado del recorrido
de la línea de salida cuando se dio la señal de salida. Sin
embargo, cuando el comité supo que B estaba junto a A, concedió
reparación a ambos barcos, y declaró que debían clasificarse
en sus puestos de llegada y que, cuando procediera, las clasificaciones de
otros barcos habían de ajustarse retrocediendo.
Hecho esto, C, que había terminado detrás de A y B, solicitó
reparación a su vez, alegando que la omisión del comité
de regatas de la señal acústica exigida había perjudicado
notablemente su clasificación al haber dado lugar a que dos barcos
que no habían salido correctamente quedaran clasificados por delante
de él. La petición de C fue denegada y apeló. Al estudiar
la apelación el comité de regatas hizo varias preguntas.
Pregunta 1
¿Constituye una señal acústica gritar los números
de vela?
Respuesta 1
No. Gritar uno o más números de vela no es la señal acústica
exigida cuando se ha izado la bandera X.
Pregunta 2
¿Actuó bien el comité de protestas al conceder reparación
a A?
Respuesta 2
Sí. Cuando un barco razonablemente cree que ha salido correctamente
y no se le ha notificado lo contrario en la forma prevista en la regla 29.1
y se le clasifica OCS, tiene derecho a reparación según la regla
62.1(a). La alegación de que A estaba sobre la línea no se demostró
un hecho probado. Por tanto, clasificar a A en su lugar de llegada era una
forma adecuada de conceder una reparación en este caso.
Sin embargo, si se probase en una audiencia que un barco sabía que
estaba sobre la línea, no tendría derecho a reparación
y estaría obligado a cumplir la regla 28.1 y, si fuera aplicable, la
regla 30.1. Si no lo hiciera, infringiría la regla 2 y habría
incumplido el principio básico, deportividad y el reglamento.
Pregunta 3
¿Actuó correctamente el comité de protestas al conceder
reparación a B, que no la había pedido?
Respuesta 3
Sí. El comité de protestas consideró que B estaba en
las mismas circunstancias que A y actuó como exige la primera frase
de la regla 64.2.
Pregunta 4
¿Tenía C derecho a una reparación?
Respuesta 4
No. La alegación de que A y B estaban sobre la línea antes de
tiempo no se demostró un hecho probado. Por ello, a pesar de que el
comité no diera la señal acústica exigida, la alegación
de C de que su clasificación se había visto notablemente perjudicada
por ese error no se ve corroborada por los hechos. C no tiene derecho a una
reparación, y su apelación se desestima..
USSA 1988/276