Regla 30.3 penalizaciones en la salida: regla de la bandera negra
Cuando, tras una llamada general, un barco, al ver mostrado su número de vela, tiene noticia de que ha sido descalificado por el comité de regatas por la regla 30.3 y cree que el comité de regatas ha cometido un error, su única opción es no salir y entonces pedir reparación. Cuando un barco infringe la regla de la primera frase de la regla 30.3, no tiene derecho a exonerarse por un error de procedimiento del comité de regatas que no esté relacionado con su infracción.
Pregunta 1
Cuando un barco no está de acuerdo con su descalificación por
la regla 30.3 por una llamada en la salida, ¿puede tomar la nueva salida
y después solicitar reparación?
Respuesta 1
La regla 30.3 claramente le exige que no tome la nueva salida y establece
que, si lo hace, su descalificación no será descartable. Su
única posibilidad es solicitar una reparación que, si se le
concede, se basará normalmente en sus resultados en otras pruebas.
Pregunta 2
Si el comité de regatas ve a un barco infringir la regla 30.3 en una
salida con llamada pero no le muestra su número de vela, de modo que
el barco toma la nueva salida, ¿tiene derecho a un orden de llegada?
Respuesta 2
No. El barco debe ser descalificado como exige la segunda frase de la regla
30.3. Sin embargo, como el comité de regatas erró al no mostrarle
su número de vela entre la llamada general y la siguiente señal
de atención de la prueba, se le debe clasificar DSQ y no DNE. Si solicita
una reparación alegando que tiene derecho a un orden de llegada porque
el comité de regatas erró al no mostrar su número de
vela, su solicitud debe ser denegada. Si bien no mostrar su número
de vela es una omisión indebida del comité de regatas, no es
esa omisión lo que le priva de un orden de llegada, sino el hecho de
estar en el lado del recorrido de la línea de salida en el minuto anterior
a la señal de salida. Sin embargo, si se le clasifica DNE, se le debe
conceder la reparación para cambiar su clasificación por DSQ.RYA 2000/1