CASO 34 

Regla 2 navegación leal
Regla 62.1(c), reparación
Regla 69.1,
informes de grave mal comportamiento: acción por un comité de protestas

Marcar a otro barco puede infringir la regla 2 y motivar una acción con arreglo a la regla 69.1.

Resumen de los hechos
Al empezar la sexta y última prueba de la serie de un campeonato, la puntuación acumulada de A era tal que sólo podía perder el campeonato si B terminaba por delante de él entre los tres primeros de los 48 participantes. A cruzó la línea antes y fue llamado con fuertes avisos sonoros. Regresó cuando estaba a unos 70 ó 100 metros más allá de la línea de salida, pero había navegado 20 ó 30 metros hacia la línea cuando se encontró con B, que había salido correctamente. En vez de continuar hacia el lado de presalida de la línea, A giró y navegó por delante de B.
El comité de regatas avisó de nuevo a A de que estaba por encima de la línea y recibió de A un gesto de confirmación, pero A siguió navegando el recorrido marcando a B todo el tramo de ceñida. Cuando A y B llegaron a la baliza de barlovento eran penúltimo y último respectivamente, y entonces A se retiró. Al final B terminó en el puesto 22.
Como era evidente para el comité de regatas que A continuó la prueba con el único propósito de marcar a B, protestó a A por la regla 2. A, que había sido calificado OCS, fue descalificado por infringir la regla 2. Apeló alegando que creía que había regresado y salido correctamente.

Resolución
Apelación desestimada. La descalificación por la regla 2 era procedente.
B pudo haber pedido reparación y tenía derecho a recibirla por la regla 62.1(d).
Los hechos muestran una grave infracción de la regla 2 y la deportividad. Un intento tan deliberado de ganar por medios desleales debía tratarse con severidad. El comité de protestas también pudo haber convocado una audiencia por la regla 69.1, como resultado de la cual A podía haber sido descalificado de toda la serie. Tal acción hubiera sido acorde con el espíritu del reglamento de regatas.

NSF 1975/1